Calendario de TicketBAI en Guipúzcoa y deducciones fiscales de las que te puedes beneficiar

Calendario TicketBAI en Gipuzkoa y deducciones fiscales

La Hacienda de Guipúzcoa, al igual que ha decidido la de Álava, ha tomado la decisión de que la implantación de TicketBAI se realice de forma gradual, en función de la actividad de la empresa. El calendario de TicketBAI de Guipúzcoa inicial ha sufrido alguna que otra modificación en los últimos meses, sobre todo debido a las incertidumbres y contexto generados por el coronavirus y la subsecuente crisis económica.

Finalmente, el calendario TicketBAI de Guipúzcoa comenzará el 1 de julio de 2022. Desde entonces, y hasta el 1 de junio de 2023, se irá extendiendo la obligatoriedad de forma gradual, hasta llegar a todas las empresas.

Hoy te contamos cuál va a ser ese calendario, únicamente debes saber en qué epígrafe está inscrita tu empresa y apuntar tu fecha obligatoria. Además, te contamos qué incentivos ofrece la Hacienda guipuzcoana por la adopción de TicketBAI antes de tu fecha obligatoria.

Calendario de implantación de TicketBAI en Guipúzcoa

La implantación de TicketBAI en Guipúzcoa se realizará de forma gradual, en función de la actividad empresarial que ejerza la empresa. Este es el calendario de implantación que se ha publicado desde la Diputación:

  • 1 de julio de 2022: profesionales de la gestión tributaria.
  • 1 de septiembre de 2022: actividades profesionales. Concretamente, los contribuyentes que ejerzan actividades comprendidas en los siguientes epígrafes:
    • Sección 1: entre los grupos 834 y 849
    • Sección 2: entre los grupos 011 y 841
  • 1 de noviembre de 2022: comercio al por menor, hostelería y sector del hospedaje. Concretamente, las actividades comprendidas en los siguientes epígrafes:
    • Sección 1: las actividades entre los grupos 641 y 665 y entre los grupos 671 y 687.
    • Sección 2: las actividades entre los grupos 851 y 899.
  • 1 de abril de 2023: construcción, promoción inmobiliaria, transporte, servicios recreativos, culturales y personales. Concretamente, las actividades comprendidas en los siguientes epígrafes:
    • Sección 1: las actividades entre los grupos 501 y 508, entre los grupos 691 y 757, el grupo 833 y entre los grupos 851 y 999.
  • 1 de junio de 2023: actividades agrícolas, ganaderas dependientes, forestales, pesqueras y el resto de actividades no especificadas en las tarifas del impuesto.

    También fabricación, comercio al por mayor, telecomunicaciones, financieras y artistas. Concretamente, las actividades comprendidas en los siguientes epígrafes:
    • Sección 1: actividades comprendidas entre los grupos 011 y 495, entre los grupos 611 y 631 y entre los grupos 761 y 832.
    • Sección 3: actividades comprendidas entre los grupos 011 y 059.

Calendario de TicketBAI en Guipúzcoa
Calendario de implantación de TicketBAI en Gipuzkoa.

Fuente: Calendario de implantación publicado por la Hacienda de Guipúzcoa

¿Y si ejerzo más de una actividad?

Si la empresa ejerce varias actividades que se encuadran en dos o más epígrafes y éstas tienen fechas de obligatoriedad diferentes, la fecha obligatoria será la de la primera de las actividades.

Deducciones fiscales por TicketBAI en Guipúzcoa

Guipúzcoa ofrece una deducción que permite reducir la cuota del IRPF o el Impuesto de Sociedades de los contribuyentes obligados a cumplir con TicketBAI en un 30% de las inversiones y gastos realizados en 2020, 2021, 2022 y 2023, necesarios para adaptarse a TicketBAI. La base de la deducción será, como máximo, 5.000€.

Estas inversiones deberán haberse realizado antes de la fecha de implantación de TicketBAI obligatoria para el contribuyente en cuestión, en función de su actividad.

¿Qué gastos en TicketBAI es posible deducirse?

Los gastos que la Diputación de Guipúzcoa especifica que se pueden deducir son los siguientes:

  • Gastos e inversiones en equipos y terminales que permitan cumplir con las obligaciones de TicketBAI, con su software y periféricos asociados.
  • Adquisición, suscripción, entrega, actualización o renovación del software necesario para cumplir con TicketBAI.
  • Adquisición, suscripción, entrega, actualización o renovación del software de firma electrónica necesario para firmar los ficheros de TicketBAI.

Deducciones incrementadas por la implantación voluntaria de TicketBAI

Para incentivar la adopción voluntaria de TicketBAI antes de la fecha obligatoria, la Diputación de Guipúzcoa ha establecido un incremento de la deducción por los gastos e inversiones, que pasa a ser de un 60% sobre el IRPF o IS siempre y cuando el contribuyente implante TicketBAI, como mínimo, un mes antes de la fecha obligatoria que le corresponda por su actividad.

Es decir, si por ejemplo yo tengo una empresa de construcción, mi fecha de implantación obligatoria sería el 1 de abril de 2023. Si implanto TicketBAI en mi empresa el 1 de marzo de 2023 o antes, podré deducirme un 60% de los gastos que realice para adaptarme a la nueva normativa. En cambio, si lo hago a partir del 1 de abril, únicamente podré deducirme un 30%.

Eso sí, ten en cuenta que si tomas la decisión de implantar de forma voluntaria TicketBAI antes de que te corresponda, no podrás revocar esta decisión. Una vez comiences a facturar conforme TicketBAI ya estarás obligado/a a seguir haciéndolo.

Cómo preparar tu empresa para TicketBAI en Guipúzcoa

Para estar preparado/a para TicketBAI una vez llegue tu fecha obligatoria, lo primordial es que adquieras un software de facturación homologado y que figure en el registro de software garante publicado por la Diputación. Si ya trabajas con un software de facturación, deberás asegurarte de que figura en dicho registro y que, por tanto, genera las facturas conforme a los nuevos requisitos.

En caso de que todavía no estés trabajando con un software de facturación homologado, deberás adquirir uno antes de que llegue tu fecha obligatoria. Nuestra recomendación desde Aplimedia es que, si este es tu caso, no dejes la implantación del software para el último momento. Hazlo con plazo de sobra para que tu empresa se haga al funcionamiento del nuevo sistema.

Además del software adaptado a TicketBAI, en algunos casos también deberás contar con una firma electrónica, con la que se firmarán los ficheros XML que la nueva normativa obliga a generar y enviar a Hacienda. En el caso de Secre, nuestro software de facturación y gestión, no será necesario que adquieras dicha firma, únicamente bastará con que adquieras Secre.

Por supuesto, si todavía no has dado con el software de facturación y gestión óptimo para tu empresa, no dudes en contactar con nosotros, estaremos encantados de atenderte y asesorarte para ayudarte a determinar si Secre es la solución que necesitas.

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