Sistemas VERI*FACTU: así enviaremos la información de las facturas a Hacienda a partir de 2025

Sistemas VERI*FACTU
El nuevo Reglamento de Sistemas Informáticos introduce una importante novedad: los sistemas VERI*FACTU. Estos programas de facturación nos permitirán enviar la información de nuestras facturas a Hacienda de forma automática.

Tanto los desarrolladores como los usuarios de programas de gestión y facturación estamos asistiendo en los últimos meses a la aprobación de distintas normativas que afectan directamente a cómo funcionan este tipo de softwares, qué nos permiten hacer y cómo se comunican con Hacienda.

Los contribuyentes del País Vasco ya estamos viviendo esta transformación en carne propia con TicketBAI, la nueva normativa que obliga a trabajar con programas de facturación homologados que envíen de forma automática la información de las facturas a la diputación correspondiente.

Las novedades que trae la Ley Antifraude apuntan a un futuro muy similar en el resto de España.

Ley Antifraude: un proyecto muy ambicioso para combatir el fraude

Es posible que, a estas alturas, ya estás familiarizado/a con la Ley Antifraude, ya que lleva en vigor desde 2021. 

Esta Ley introduce novedades en muchos ámbitos y, entre ellos, establece nuevas obligaciones que deberemos cumplir los programas informáticos de gestión y facturación.

Parte del artículo que afecta a los programas de facturación está en vigor desde octubre de 2021. Concretamente los siguientes puntos, que suponen sanciones para los contribuyentes que usen programas que permitan:

  • Llevar contabilidades distintas.
  • No reflejar, total o parcialmente, la anotación de transacciones realizadas.
  • Registrar transacciones distintas a las anotaciones realizadas.
  • Alterar transacciones ya registradas.

Los fabricantes de software que desarrollemos programas que incumplan estos puntos, también nos enfrentaremos a importantes sanciones.

No obstante, la Ley Antifraude incluye otros puntos adicionales que afectan a los programas de facturación y gestión y que todavía no están en vigor puesto que requieren de la aprobación de un Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación. Actualmente ya se ha publicado el BOE que desarrolla este reglamento, pero falta que se apruebe la orden ministerial con las especificaciones técnicas. 

No obstante, el BOE publicado ya señala que, la fecha a la cual las empresas deberán trabajar con un sistema de facturación homologado es el 1 de julio de 2025.

Reglamento de Sistemas y Programas Informáticos de Facturación

El proyecto de Reglamento de Programas de facturación tiene como objetivo aumentar el nivel de digitalización, no solo de las empresas y autónomos contribuyentes, sino también de la propia Administración Tributaria.

Por supuesto, dado que se enmarca dentro de la ya mencionada Ley Antifraude, es evidente que su otro objetivo principal es luchar contra el fraude fiscal, aumentando la rigidez de los software de facturación y facilitando la conexión y envío de datos desde éstos a Hacienda.

Entre todas las novedades que trae este proyecto de Reglamento, hoy queremos centrarnos en los Sistemas VERI*FACTU, es decir, aquellos programas que nos permitirán enviar la información de nuestras facturas a la Administración Tributaria de forma automática.

¿Qué son los Sistemas VERI*FACTU?

El nuevo reglamento introduce la obligación, por parte de los sistemas informáticos, de generar un registro de facturación de alta cada vez que expidamos una factura. Este registro informático es un fichero en formato XML que incluye determinada información acerca de la factura expedida. 

Estos registros deberán incluir una huella o hash, que garantizará la trazabilidad e inalterabilidad de las facturas.

Adicionalmente y de forma – por el momento – voluntaria, los contribuyentes podrán remitir estos registros de facturación desde el software a la Agencia Tributaria.

Los programas de facturación que estén adaptados y permitan esta remisión de registros de facturación a Hacienda son los que se han denominado Sistemas VERI*FACTU.

El envío de registros de facturación a Hacienda mediante Sistemas VERI*FACTU será, en un inicio, opcional.

Los contribuyentes que emitan sus facturas con programas VERI*FACTU y que opten por remitir voluntariamente estos registros a Hacienda, deberán incluir en sus facturas la siguiente frase «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT».

Programas facturación VERI*FACTU

Remisión de la información por parte del destinatario de la factura

¿Y qué pasa si no quieres realizar la remisión de los registros a la Agencia Tributaria?

Aunque no vayas a realizar este envío, tu programa deberá generar estos registros de facturación con su correspondiente huella. Además, otra novedad del Reglamento es que las facturas deberán incorporar un código QR y un código identificativo, de modo que, si el destinatario de la factura desea remitir la información de la factura que le has emitido a la Agencia Tributaria, podrá hacerlo de forma sencilla, escaneando el código QR o introduciendo el código identificativo en la sede electrónica.

En los casos en los que, como emisores de la factura sí hayamos remitido los registros de facturación a la Agencia Tributaria mediante un Software VERI*FACTU, el escaneo del código QR permitirá al destinatario comprobar que la información de la factura se ha enviado correctamente a Hacienda.

Conclusiones

La Ley Antifraude y su Reglamento de Sistemas de Facturación no hacen más que evidenciar la tendencia que venimos observando en los últimos años/meses: que cada vez el control sobre las transacciones de los contribuyentes va a ser mayor y el margen para cometer fraude o irregularidades se va a estrechar.

Por eso, si a día de hoy todavía no trabajas con un programa de facturación que te ofrezca ciertas garantías y cumpla con las nuevas normativas, nuestra recomendación es que comiences a hacerlo cuanto antes. De ese modo no solo te evitarás futuros dolores de cabeza, sino que también lograrás numerosos beneficios para tu negocio.

Aplimedia Desarrollo de Software

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