Novedades TicketBAI-Batuz en Bizkaia: flexibilización de las fechas de implantación

Novedades importantes en la implantación de TicketBAI y Batuz en Bizkaia
La Diputación Foral de Bizkaia ha comunicado cambios importantes en las fechas de implantación del Sistema Batuz. Ahora, la implantación se realizará de forma gradual entre 2024 y 2026 y en función de la tipología y actividad de cada contribuyente.

La Hacienda de Bizkaia ha comunicado hace apenas unos días novedades importantes en cuanto a la implantación del Sistema Batuz, modificando la fecha en la que se aplicará la obligatoriedad a las empresas y autónomos vizcaínos.

Hasta el momento, la fecha definitiva para la implantación obligatoria era el 1 de enero de 2024. A esa fecha, todas las empresas y autónomos contribuyentes de Vizcaya, debían comenzar a cumplir con las nuevas obligaciones de Batuz que, recordemos, implica el uso de un software garante TicketBAI para la facturación y la llevanza, mediante la sede electrónica, de un Libro Registro de Operaciones Económicas.

Los cambios comunicados por Hacienda suponen una flexibilización de la fecha de implantación que, ahora, se va a realizar de forma gradual en función de la tipología y/o actividad de cada empresa o autónomo, entre el 1 de enero de 2024 y el 1 de enero de 2026.

El motivo de realizar este cambio a tan solo unos meses de la llegada de Batuz es conceder a las microPYMES y autónomos algo más de tiempo para realizar los cambios necesarios en su estructura empresarial para poder cumplir con las nuevas obligaciones, teniendo en cuenta que las circunstancias de los últimos meses y años (la pandemia, Guerra de Ucrania, crisis energética…) no han resultado muy favorables.

Además, argumenta la Diputación Foral, el periodo de implantación voluntaria gradual que se ha ido poniendo en marcha desde el 1 de enero de 2022, les ha permitido ratificar que este modelo es el más adecuado para hacer frente a los retos técnicos y fiscales que supone Batuz.

Calendario de implantación de TicketBAI en Bizkaia

Por tanto, tras los cambios anunciados por la Diputación Foral, y tomando como referencia el Anteproyecto de Norma Foral publicada a fecha 1 de agosto de 2023, el calendario de implantación de TicketBAI en Bizkaia quedaría de la siguiente manera:

Fecha de obligatoriedad Tipo de contribuyente
1 de enero de 2024 Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades que NO sean Microempresas, pequeñas o medianas empresas.
1 de julio de 2024 Personas Físicas, entidades en régimen de atribución de rentas y contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades que sean MicroPYMES Actividades empresariales industriales, fabriles, de construcción y de transporte. Actividades empresariales y profesionales financieras, jurídicas, de seguros, de alquiler y resto de profesionales excepto educación y actividades culturales.
1 de enero de 2025 Personas Físicas, entidades en régimen de atribución de rentas y contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades que sean MicroPYMES Comercio mayorista
Contribuyentes del IS que sean micrompresas, pequeñas o medianas empresas Comercio minorista, hostelería, reparación de bienes muebles, peluquerías y otros servicios personales.
1 de julio de 2025 Personas Físicas y entidades en régimen de atribución de rentas Comercio minorista, hostelería, reparación de bienes muebles, peluquerías y otros servicios personales.
1 de enero de 2026 Entidades total y parcialmente exentas del Impuesto sobre Sociedades. Cualquier actividad.
Entidades sin fines lucrativos acogidas a la Norma Foral 4/2019 Cualquier actividad.
Personas físicas, entidades en régimen de atribución de rentas y contribuyentes del IS que sean microempresas, pequeñas o medianas empresas Agricultura, ganadería y pesca, educación, servicios culturales.

Otras actividades.

* Se consideran MicroPYMES las empresas con menos de 10 trabajadores y menos de 2 millones de € de facturación anual.

Nuevo calendario de implantación voluntaria en Bizkaia

No obstante, y al igual que se ha venido haciendo hasta ahora, los contribuyentes que así lo deseen podrán seguir implantando el Sistema Batuz de forma voluntaria antes de su fecha obligatoria a lo largo de 2024 y 2025. 

La implantación voluntaria de Batuz supondrá una compensación del 10% de la base imponible positiva correspondiente al primer periodo impositivo iniciado en el año 2024 y, en su caso, del primer periodo impositivo iniciado en el año 2025. 

Esto será aplicable también a los contribuyentes que ya hubieran aplicado voluntariamente a Batuz antes del 1 de enero de 2024.

Los contribuyentes que deseen aplicar voluntariamente a Batuz antes de su fecha obligatoria y a lo largo de los años 2024 o 2025, deberán comunicárselo a la Diputación Foral mediante un trámite en su sede electrónica. 

Los plazos para comunicar a Hacienda la aplicación voluntaria de Batuz serán los siguientes:

Fecha de inicio voluntario Plazo para comunicar la aplicación voluntaria
1 de enero de 2024 Hasta el 15 de diciembre de 2023
1 de julio de 2024 Entre el 1 de enero de 2024 y el 15 de junio de 2024
1 de enero de 2025 Entre el 1 de julio de 2024 y el 15 de diciembre de 2024
1 de julio de 2025 Entre el 1 de enero de 2025 y el 15 de junio de 2025

Deducciones por los gastos realizados para adaptarse a Batuz

En cuanto a las deducciones por los gastos realizados por las empresas y autónomos para adaptarse a las obligaciones de Batuz y TicketBAI, la Diputación Foral ha informado que se van a extender a los años 2024 y 2025.

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